ARTÍCULOS NO ACEPTABLES COMO EQUIPAJE
Por su condición los siguientes artículos son considerados como MERCANCÍAS PELIGROSAS y pueden afectar su Seguridad y la de todos los Viajeros, por lo que no se permiten llevar como equipaje de mano ni registrado:
Explosivos: Granadas, explosivos, municiones, material incendiario, pólvora, artículos para fuegos artificiales, señales luminosas, líquidos para encendedores.
Gas: Gases comprimidos (altamente refrigerados, inflamables o de lenta combustión y venenoso) tales como butano, oxigeno, nitrógeno líquido.
Líquido Inflamable: Aceites combustibles, alcoholes inflamables, combustible, éter, pinturas, tinner.
Sólidos Inflamables: Sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea. Sustancias que en contacto con el agua, emiten gases inflamables; Alcanfor, azufre, fósforo.
Materiales Oxidantes: Cloruro de cal, peróxidos, abonos a base de nitrato amónico.
Sustancias Tóxicas e Infecciosas: Veneno y materiales infecciosos tales como insecticidas, plaguicidas, matamalezas, productos orgánicos de tipo viral.
Material Radioactivo
Corrosivos: Sustancias inflamables tales como ácidos, amoniaco, sustancias alcalinas, mercurio, baterías que contengan líquido, sustancias tóxicas, incluyendo gases, tanto si están sometidos a presión (aerosoles) o no. Cargas para extintores de incendios, disolventes y diluyentes.
Los siguientes artículos están permitidos solamente como equipaje registrado:
Armas de Fuego: En vuelos nacionales por exigencias de ley toda arma y munición debe ser declarada y aforada en la Oficina de la Policía Nacional en los aeropuertos de Colombia.
En vuelos internacionales se transportan cartuchos para armas y armas pequeñas para prácticas deportivas previo acuerdo con la aerolínea.
Sillas de ruedas/ayudas motrices con baterías secas: Las sillas de ruedas u otras ayudas motrices impulsadas por una batería seca, siempre que la batería haya sido desconectada, sus bornes protegidos contra los cortocircuitos y la batería haya sido bien asegurada a la silla de ruedas u otra ayuda motriz.
Armas blancas: objetos corto punzantes, herramientas de trabajo como martillos, serruchos, pinzas, alicates, etc.
Pipetas de oxígeno vacías
Algunos de los artículos previamente enumerados se pueden transportar como carga, sujetos a que sean empacados de acuerdo, con los procedimientos de seguridad establecidos para este fin; trámite que debe efectuarse con anterioridad al vuelo.
Recuerde, la presente no es una lista completa de las mercancías peligrosas. Es obligación de todo Viajero declarar todo artículo peligroso a la Aerolínea. Llevar artículos peligrosos en un avión constituye un acto ilegal que está sujeto a penalidad. Consulte con nuestro personal para mayor información.